Ganar un premio importante en la Lotería de Navidad es motivo de alegría, pero si el décimo es compartido y no se cobra correctamente, la Agencia Tributaria puede reclamar miles de euros adicionales por considerar el reparto como una donación.
1. La regla del 20% y el mínimo exento de 40.000 €
Desde el 1 de enero de 2020, los premios de Loterías y Apuestas del Estado están gravados con un tipo especial del 20%, pero exclusivamente sobre la cuantía que exceda de 40.000 € por décimo.
- Los premios de hasta 40.000 € al décimo (4.º, 5.º, pedreas, aproximaciones y reintegros) están 100% exentos de impuestos.
- En premios superiores (Gordo, 2.º y 3.º), los primeros 40.000 € están libres de impuestos y el 20% se aplica únicamente sobre el resto.
2. ¿Cómo se prorratea la exención si el décimo es compartido?
Este es el punto clave que muchas personas desconocen: la exención de 40.000 € se aplica al décimo, no a cada ganador. Por tanto, si varias personas comparten un décimo, los 40.000 € exentos se reparten proporcionalmente entre todos:
Cuatro amigos comparten un décimo poniendo 5 € cada uno (25% de participación).
- Bruto por persona: 100.000 €
- Exención individual: 10.000 € (el 25% de 40.000 €)
- Base sujeta al 20%: 90.000 €
- Retención fiscal: 18.000 €
- Neto que percibe cada uno: 82.000 € limpios
3. La trampa del Impuesto de Donaciones
Si el depositario acude solo al banco, cobra los 328.000 € netos en su cuenta y luego transfiere 82.000 € a cada uno de sus tres amigos, Hacienda entenderá que el titular del premio era únicamente él y que ha realizado una donación lucrativa a favor de los demás.
En muchas comunidades autónomas donde las donaciones entre personas sin parentesco directo no están bonificadas, el tipo impositivo puede superar el 30%, costándole miles de euros a cada partícipe.
4. El procedimiento legal correcto en el banco
- Acudir a la entidad bancaria autorizada (Banco Santander, BBVA, etc.) todos los partícipes juntos o con poderes acreditativos.
- Presentar el décimo original y el DNI de todos los copropietarios.
- Aportar el acuerdo escrito de reparto previo al sorteo como prueba fehaciente de la titularidad compartida.
- El banco practicará la retención del 20% de forma individual y emitirá a cada participante su propio certificado de retenciones.